PROTOCOLO DE HERMANAMIENTO ENTRE LAS ÓRDENES TEMPLARIOS SOLIDARIOS Y LA ORDEN CATÓLICA DEL TEMPLO
CONSTITUCIÓN DEL HERMANAMIENTO Y SU CONTENIDO.
I-EL objeto de este hermanamiento es promover el amor a Nuestras Sagradas Reglas y nuestra confesión católica. Estableciendo un pacto de amistad y el mutuo reconocimiento como Órdenes templarias y la recíproica colaboración en distintas actividades.
II-De igual forma, se trabajará en la difusión de los principios de la Caballería Cristiana y Templaria.
III-Asímismo, como quiera que el fin primordial y razón de ser asociaciones de fieles y benéficas, especialmente cumpliendo la naturaleza asistencial que ha caracterizado a nuestras Órdenes se pondrá especial interés en la realización de actividades de carácter asistencial a aquellos sectores de la sociedad más necesitados o desfavorecidos.
IV-Nuestras respectivas Órdenes en virtud de este hermanamiento, además de la ya aludida colaboración asistencial, establecerán de igual forma vínculos de colaboración material , cultural y educacional , dentro de las posibilidades de que dispongan , a los fines que pudieran en cada momento determinarse.
Con carácter preferencial la organización de conferencias y exposiciones cuyo principal fin es dar a conocer la verdadera histora e importancia de la órden del Temple. V-Otro de los fines del presente hermanamiento será el fomentar y cooperar en la defensa y conservación de monumentos templarios de nuestra Nación.
VI- Colaboración en el proceso de unificación de las distintas fracciones templarias, descartando de este proceso a aquellas en relación con principios esotéricos ó masónicos.
VII-En los actos culturales,sociales y de investiduras se intercambiaran las correspondientes invitaciones entre ambas Órdenes, en dichos actos y según protocolo fijado por la Orden organizadora deberán incluirse a los cargos directivos de la otra Orden y situarlos en un lugar de privilegio y respeto.
PROTOCOLO DE HERMANAMIENTO
El Hermanamiento supone ante todo un honor para las dos Órdenes. Las juntas directivas y de Gobierno respectivas ostentarán la presidencia de honor en los actos organizados por ellas, objeto de este protocolo. El cual será desarrollado a través de los siguientes actos y actividades : A fin de que se plasme el Hermanamiento en un símbolo que perdure, las Órdenes hermanas se intercambiarán sendas cartas de Hermanamiento así como un diploma o placa que conmemorá esta relación fraternal. A raíz del hermanamiento y en medida de lo posible, los Caballeros de ambas Órdenes podrán participar en los actos de la otra Órden.
A fin de fomentar y potenciar este vínculo, las órdenes hermanas mantendrán a lo largo del año un contacto fluído mediante el intercambio de noticias, publicaciones, intenciones, ideas y preocupaciones de cada una de las Órdenes.
Todos estos compromisos adquiridos en virtud del Hermanamiento, sin perjuicio de los que en un futuro pudieran determinarse por cualquiera de las órdenes, no deben suponer en ningún caso una carga para ninguna de ellas, sino que el desarrollo de dichos compromisos se guiará siempre por criterios flexibles de acuerdo a las posibilidades y pretensiones de nuestras Órdenes.
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